electricidad sociales Bono


Ayer, el Alcalde hizo público un Aviso al público con toda la información sobre el vínculo social de la electricidad, que reproducimos a continuación. Los interesados ​​podrán acceder a toda la información y aplicaciones en la oficina municipal de servicios sociales.

Que por Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, la figura de la consumidor vulnerable, vínculo social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de electricidad (BOE nº 242 de 7/10/2017).

Que la Orden ETU / 943/2017, de 6 de octubre, desarrolla el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, la figura de la consumidor vulnerable, vínculo social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de electricidad (BOE nº 243 de 10/09/2017).

Consumidor vulnerableSe considerará consumidor vulnerable la persona física que posea un punto de suministro eléctrico en su experiencia habitual, que sea elegible para el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) y cumpla con los siguientes requisitos:
a) Que sus ingresos o, en el caso de formar parte de una unidad familiar, la renta anual conjunta de la unidad familiar a la que pertenezcan sea igual o inferior:

  • 1,5 veces el IPREM de 14 pagos, en caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya menores en la unidad familiar.
  • 1,5 veces el IPREM de 14 pagos, en caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya menores en la unidad familiar.
  • 2 veces el índice IPREM de 14 pagos, en caso de que haya un menor en la unidad familiar.
  • 2,5 veces el índice IPREM de 14 pagos, en caso de que haya dos menores en la unidad familiar.

circunstancias especiales: los umbrales de ingresos anteriores se incrementarán en 0,5 veces el IPREM para víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo y para aquellos hogares con algún miembro con discapacidad superior al 33%.

b) Estar en posesión do título de familia numerosa

c) Que el propio consumidor y, en el caso de formar parte de una unidad familiar, todos los miembros de la misma que tengan ingresos, sean pensionistas del Sistema de Seguridad Social por jubilación o invalidez permanente, percibiendo la cantidad mínima vigente en cada momento por dicha clases de pensión y no reciben otros ingresos.

Consumidor vulnerable severo: Al cumplir los requisitos anteriores, el consumidor y, en su caso, la unidad familiar a la que pertenece:

1. Tienen una renta anual inferior o igual al 50% de los umbrales establecidos en el apartado a), incrementados en su caso en 0,5.

2. Tener un ingreso anual menor o igual a una vez el lPREM a 14 pagos o dos veces el mismo, en el caso de que se enumere en la situación del apartado c) ob), respectivamente.

Los consumidores cubiertos por el vínculo social a la entrada en vigor de la orden: Los consumidores de energía eléctrica que, a la fecha de entrada en vigor de la orden (10/10/2017) sean beneficiarios del bono social, tendrán el dentro de los seis meses (hasta el 3/10/2018) para demostrar el estado de consumidor vulnerable. De no hacerlo dentro de este período, la bonificación social dejará de aplicarse desde la primera factura emitida o en la factura inmediatamente siguiente.

Información: Servicios sociales comunitarios

Puede comprobar el lado completo del alcalde en el siguiente enlace

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