beneficio económico de pago único por las hijas e hijos menores de tres años a 2017


Que la Orden de 24 de marzo 2017 por el establecimiento de las bases que regulan la concesión de prestación económica pago hijas y sólo para los niños menores de tres años para 2017 (DOG nº 65 de 04/03/2017)

Personas beneficiarias:

  • Las personas que tienen hijas o hijos menores de tres años el 1 de enero, 2017 (nacidos entre 02/01/2014 y 01/01/2017, incluido) y que, durante el año 2015, ni ellos ni ninguna de las personas que componen la unidad familiar eran obligados a presentar la declaración del impuesto sobre la renta correspondiente a este período, ni han presentado voluntariamente. A los efectos de esta orden, se entiende por unidad familiar la formada por el padre y / o madre que tiene / n la custodia o menos por el cual se solicita la ayuda y los hijos e hijas del solicitante.

Requisitos:

  • Lo que los padres tengan su residencia habitual en Galicia.
  • En la fecha de los niños o niñas de aplicaciones vivir con el solicitante.
  • Que durante el año 2015, se requerían ni el solicitante ni ninguna de las personas que componen la unidad familiar a presentar una declaración del impuesto sobre la renta correspondiente a este período, ni se sometieron voluntariamente sin ser forzado incluso a eso.

Importe de la ayuda: el pago de:

  • Cuando sea el primer hijo o hija: 360 euros.
  • Cuando sea la segunda hija o hijo: 1.200 euros.
  • Cuando sea la tercera o tercero y sucesivos 2.400 euros.

Plazo de presentación: 35 días, a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en perro. Del 4 de abril a 29 de mayo de 2017, ambos incluidos.

Procedimiento de información y Servicios Sociales de la Comunidad: